¿Tengo que registrar mi marca?
¿Tengo que registrar mi marca? La respuesta rápida es, no. Las marcas no se tienen que registrar.
Las marcas
La marca puede consistir en cualquier símbolo, elemento, palabra, forma, diseño, frase, color u olor, entre otras cosas. Siempre y cuando sirva para identificar y distinguir los productos y/o servicios en el comercio.
Al final del día, la marca no solo identifica el producto o servicio que brindas, también, ayuda al consumidor a identificar tu servicio o producto entre otros.
Marco legal
Las marcas, se rigen por el derecho marcario. El derecho marcario, al igual que el derecho de autor, es un tipo de propiedad intelectual que no requiere ser registrada para existir. En ambos casos, el registro no otorga o concede un derecho. Ambos, gozan de protecciones bajo el derecho consuetudinario o common law. En otras palabras, gozan de ciertas protecciones basadas normas y prácticas aceptadas por uso y costumbre. El registro meramente sirve para (i) establecer de manera prima facie la titularidad, y (ii) conceder unas protecciones y derechos adicionales, según la ley aplicable.
¿Tengo que registrar mi marca?
Tanto la ley federal de marcas, Lanham Act, y la ley estatal de marcas, no requieren que las marcas se registren para que puedan beneficiarse y gozar de unos derechos básicos. Ambas leyes sí establecen los requisitos que toda marca debe cumplir y/o satisfacer para poder entrar al registro. Y, lo que debe hacer para permanecer en el registro.
Aunque la ley no exige el registro de la marca, es buena práctica hacerlo. ¿Por qué? Porque el certificado de registro de una marca es una herramienta poderosa.
El dueño de una marca registrada en Puerto Rico puede evitar e impedir que otros usen una marca igual o sustancialmente igual para promover y/o vender sus productos u ofrecer sus servicios en Puerto Rico. Por otra parte, el dueño de una marca registrada a nivel federal adquiere dos cosas esenciales. En primer lugar, goza de una presunción que nadie más podrá usar la marca, según registrada, dentro de la jurisdicción de los Estados Unidos. En segundo lugar, el registro de su marca tiene la capacidad de impedir el que marcas, similares o sustancialmente similares, sean registradas posteriormente a nivel federal.
Además, el registro de una marca trae con sí una serie de beneficios. A continuación, algunos beneficios adicionales son:
- Las marcas con un certificado de registro de la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos están autorizadas a utilizar el símbolo ®.
- Al cuantificar el valor de la marca, el certificado de registro añade valor.
- El certificado de registro, en esencia, es el título de propiedad de la marca.
- Al vender, ceder, traspasar y/o licenciar derechos sobre la marca, los mismos se pueden registrar con la agencia para crear un tracto.
- El certificado de registro concede una presunción de validez de la marca y titularidad sobre la misma.
¿Tengo que registrar mi marca? La respuesta sencilla es no. Pero el registro de la marca puede ser tu mejor aliado. En temas de propiedad intelectual, todo está atado a tu estrategia de desarrollo y comercialización. La decisión es tuya.
Por: Patricia Ramírez Gelpí, J.D., LL.M.