¿Cuál es la diferencia entre los símbolos ® y TM?
¿Cuál es la diferencia entre los símbolos ® y TM? Ambos símbolos están asociados con las marcas, pero cada uno tiene implicaciones distintas.
Muchas personas y negocios actúan bajo la creencia que los símbolos TM y (R) son dos formas de decir los mismo. O sea, tratan estos símbolos como si fueran intercambiables, pares o sinónimos. Esto es una creencia errada. Cada uno tiene un propósito, significado e implicación distinta.
Una marca sirve para identificar un producto o servicio. Para que un consumidor pueda distinguir entre uno u otro. Para esto, la marca se tiene que usar en el comercio. Si no se usa en el comercio, no se puede identificar o tratar como marca.
Las leyes sobre derecho marcario en los Estados Unidos no requieren que una marca sea registrada para que pueda ser reconocida como marca. Las leyes solo requieren que sea utilizada en el comercio para identificar el producto o servicio, o el proveedor de este. Aunque el acto de registrar una marca no es un requisito, el registro de la marca sí puede brindar unos beneficios o derechos a su dueño.
Al registrar una marca, no se requiere o exige se adopte un símbolo que identifique su estatus de registrada. Esto es algo opcional.
TM
El símbolo TM puede ser utilizado como parte de cualquier marca, registrada o no. Lo esencial es que se use en el comercio.
Al usar TM al lado de una marca, se le anuncia al mundo que esa palabra, diseño o lema, entre otras, está siendo utilizado para identificar el producto, servicio o para designar su proveniencia. En otras, palabras, sirve para anunciarle al mundo esto es mío y lo estoy usando yo.
¿Quién puede usar el TM?
Las marcas no registradas tienen derecho a utilizar el símbolo TM en la marca. También, las marcas registradas a nivel estatal tienen derecho a utilizar el TM. Por lo tanto, las marcas registradas en la Oficina de Marcas y Nombres Comerciales de Puerto Rico tienen derecho a usar el TM. De igual forma, si la marca es usada en relación con un servicio, también puede utilizar el símbolo SM.
(R)
En los Estados Unidos, sus estados y territorios, el uso del símbolo ®, compuesto de una “R” mayúscula dentro de un círculo, está reservado única y exclusivamente para aquellas marcas registradas en la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos. El propósito del símbolo (R) es identificar aquellas marcas registradas a nivel federal. El registro de una marca a nivel estatal no otorga el derecho a utilizar este símbolo. Por lo tanto, las marcas registradas en la Oficina de Marcas y Nombres Comerciales de Puerto Rico no tienen derecho a usar o incorporar el (R) en asociación con la marca.
La inclusión de (R) como parte de la marca, sirve para dejarle saber al mundo, esto es mío, y nadie más lo puede usar. Su inclusión, para efectos de un litigio, puede ser de beneficio para el dueño de la marca. Ya que éste puede obtener la concesión de daños sin la necesidad de demostrar que quien violo sus derechos sobre la marca o la utilizo indebidamente tenía conocimiento actual que se trataba de una marca registrada.
Al igual que el uso de (R) conlleva unos beneficios, el uso indebido e intencional de (R) tiene consecuencias. Entre estas, (i) la incapacidad de obtener el registro de la marca a nivel federal ante la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos, y (ii) la incapacidad de obtener un interdicto o injunction contra quien este violando la marca.
Sometí la solicitud de la marca, ¿puedo usar ®?
La respuesta es NO. El registro de una marca no es algo que sucede automáticamente al presentar la solicitud de registro de marca. El proceso de registro de la marca conlleva un proceso de evaluación. Luego de completado el proceso y de ser aprobada la solicitud, entonces se procede con el registro de la marca. Una vez autorizado el registro, se puede usar el (R).
¿Cuál es la diferencia entre los símbolos ® y TM? Según hemos discutido, las diferencias son muchas. Si no estas seguro que símbolo usar, usa TM. Para más detalles coordina tu consulta con nosotros aquí.
Por: Patricia Ramírez Gelpí, J.D., LL.M.