¿Necesito un abogado para registrar mi marca?
¿Necesito un abogado para registrar mi marca? No.
En Puerto Rico, no es necesario contratar un abogado para presentar la solicitud de registro de la marca. La solicitud puede ser presentada por el dueño de la marca directamente.
En el blog de la semana pasada mencionamos que las marcas se registran en el país donde se quieren proteger. Aunque en Puerto Rico, el dueño de la marca puede presentar la solicitud sin que intermedio un abogado, esto no significa que en otros países sea igual. Ya que, cada país tiene sus propias leyes, reglamentos y procesos aplicables al uso y registro de las marcas.
El proceso
En el Registro de Marcas y Nombres Comerciales de Puerto Rico, toda solicitud se prepara y presenta electrónicamente. Al iniciar el proceso, el sistema requiere se identifique el dueño de la marca, y la persona que completa la solicitud. En esta etapa, es importante especificar si el dueño de la marca es un individuo (una persona natural), una corporación registrada en Puerto Rico, o una corporación foránea. Según la opción seleccionada, el sistema automáticamente solicitará información correspondiente.
Luego de completado este paso, el sistema requiere se identifique la persona que completa la solicitud. Esta puedes ser (i) el individuo dueño de la marca, (ii) un oficial de la corporación dueña de la marca, o (iii) un abogado.
A nivel federal, las solicitudes presentadas ante la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos, (USPTO por sus siglas en ingles), siguen un proceso similar. Al igual que en Puerto Rico, el dueño de la marca puede presentar la solicitud de registro de su marca. Pero, cuando el dueño de la marca es un individuo extranjero o corporación foránea, la solicitud ante el USPTO tiene que ser presentada por un abogado autorizado a ejercer la profesión en los Estados Unidos.
¿Necesito un abogado para registrar mi marca?
Entonces, volvemos a la pregunta inicial. ¿Necesito un abogado para registrar mi marca? Como regla general, para preparar y presentar la solicitud de registro de una marca no es necesario contratar un abogado.
¿Entonces, por qué hacerlo? Porque, aunque a simple vista el proceso de la presentación de una solicitud de registro de marca parezca sencillo, el derecho marcario está lleno de sutiles complejidades. Estas varían en su alcance, desde evaluar (i) si la marca es registrable o no, (ii) si es sustancialmente igual o similar a otra, hasta (iii) en que clase o clases se deben registrar, entre otras cosas.
Es aquí, donde la inversión en el conocimiento especializado de un profesional puede servir para ahorrarle preocupaciones y dolores de cabeza a largo plazo.
Por: Patricia Ramírez Gelpí, J.D., LL.M.